Hoy, 29 de septiembre de 2020 se ha publicado en el BOE la Ley
11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de
rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la
Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección
del derecho a la vivienda. El objeto de la presente ley es regular la
contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda
en los que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que la vivienda arrendada esté destinada a residencia
permanente del arrendatario.
b) Que la vivienda arrendada esté situada en un área que haya
sido declarada área con mercado de vivienda tenso.
La normativa determina como “mercado de vivienda tenso” los
municipios o partes de municipio que están especialmente en riesgo de no
disponer de la suficiente dotación de viviendas de alquiler a un precio
asequible que permita acceder a las mismas a toda la población. Esta situación
de riesgo puede venir determinada por el cumplimiento de cualquiera de las
siguientes condiciones:
a) Que la media del precio de los alquileres de vivienda
experimente en dicha área un crecimiento sostenido claramente superior al de la
media del territorio de Cataluña.
b) Que la carga del coste del alquiler de la vivienda en el
presupuesto personal o familiar supere de media en dicha área el treinta por
ciento de los ingresos habituales de los hogares, o que la media del precio de
los alquileres de vivienda supere el treinta por ciento de la renta media de
las personas menores de treinta y cinco años.
c) Que el precio de los alquileres de vivienda haya experimentado, en los cinco años anteriores al momento de la declaración, un crecimiento interanual acumulado de al menos tres puntos porcentuales por encima de la tasa interanual del índice de precios al consumo de Cataluña.
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11363
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