"La AP de Murcia confirma la sentencia que, en virtud del art. 152.5 del CC, estimó la demanda y dejó sin efecto la pensión alimenticia fijada a favor de la hija de la demandante, entonces menor de edad, con cargo a la progenitora no custodia, por entender concurrente una alteración sustancial de las circunstancias que determinaron su adopción; en concreto, la falta de aplicación y aprovechamiento de la alimentista de los estudios que realizaba".
Fuente: Iustel.com: http://goo.gl/cjg7Jk
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